La Unión Ciclística Internacional (UCI) sufrió una dura derrota legal en sus esfuerzos por introducir restricciones en el equipamiento de las bicicletas del pelotón profesional al ser desestimada una apelación contra la Autoridad Belga de Competencia (BCA), que le había dado inicialmente la razón a SRAM en una demanda. La firma cuestionó que el reglametno que quería introducir la UCI perjudicaba espeficiametne a SRAM y no así a Shimano, su principal competidora.
La UCI y una dura derrota legal en su intento de limitar las velocidades
El Tribunal de Mercado de Bruselas falló el miércoles a favor de la BCA, que en octubre se había puesto del lado del fabricante de componentes SRAM y había bloqueado los ensayos que se iban a hacer en competencia en torno a lo que oficialmente se conocía como el Protocolo de Relación de Marchas Máxima.
El documento completo de la sentencia judicial afirma que la apelación de la UCI se consideró “admisible, pero infundada”. En una situación controversial, la UCI financió parte de los costos legales con las partidas de la iniciativa SafeR para introducir mejoras de seguridad en el pelotón. Parte de los mismos provienen de la asociación de ciclistas (CPA) donde participan, paradójicamente, corredores cuyos equipos utilizan SRAM.
Te puede interesar:
Sigue la Etapa 13 del Giro d´Italia
“Me gustaría ser el adversario de Vingegaard”: Dos claves para que los favoritos teman a Arensman
Esta decisión supone, en la práctica, el fin de las vías legales de la UCI para llevar a cabo sus propuestas de restricción de equipamiento en su forma actual, obligandola a replantearse su estrategia y sentando un precedente que podría tener un impacto significativo en la capacidad del organismo rector para imponer regulaciones sobre el equipamiento en el futuro.
¿Por qué SRAM salió perjudicada?
La UCI quería imponer una prueba de restricción de marchas en el Tour de Guangxi a mediados de octubre de 2025. En concreto, la medida implicaba una velocidad máxima permitida de 10,46 metros por vuelta de pedal, lo que, aproximadamente, se traduce en una relación de transmisión máxima de 54×11. Los equipos que utilicen sistemas Shimano o Campagnolo no se verán prácticamente afectados por el cambio, ya que estos sistemas incluyen un piñón de cassette inferior de 11 dientes.
En cambio, los de SRAM –incluyendo el grupo de alta gama Red AXS que es de los más utilizados por los equipos patrocinados- sí estarán impactados: en términos sencillos, los ciclistas que usan grupos SRAM con relación 54×20 necesitarán ajustes antes de las carreras para adaptarse a la nueva reglamentación, y lograrían una configuración de 10,44 metros por vuelta de pedal, lo cual terminaría poniendo en desventaja a los equipos que usan esa marca.
Tanto Red Bull como Pinarello Q36.5, Visma – Lease a Bike y Decathlon CMA CGM fueron algunos de los equipos que se presentaron judicialmente del lado de SRAM contra la UCI.
SRAM intentó bloquear que se realicen las pruebas pilotos a través de la Autoridad Belga de Competencia, lo que desencadenó una investigación por parte de la autoridad antimonopolio para “determinar si la adopción de la norma técnica ‘Maximum Gearing’ por parte de la UCI constituye una decisión anticompetitiva”. El 9 de octubre, seis días antes de que comenzara Guangxi, el ensayo fue bloqueado. “Es probable que la norma, adoptada en condiciones cuestionables, cause a SRAM un daño grave y difícil de reparar, lo que justifica su suspensión”, declaró la BCA en un comunicado en aquel momento.
Te puede interesar:
Contrato a largo plazo para Buitrago y portazo a Visma: los últimos rumores de mercado
Opinión: A los “pseudo-analistas de sofá”: Vingegaard no necesita ser Pogacar
Tiene solo 24 años, pero corre a la “antigua”: “No uso potenciómetro ni medidor de frecuencia”
Los argumentos del fallo
La BCA reconoce la legitimidad e importancia de que un organismo regulador deportivo como la UCI garantice la seguridad de los atletas. Sin embargo, los procedimientos para determinar las normas técnicas establecidas para este fin, así como las pruebas correspondientes, deben cumplir con los requisitos esenciales de proporcionalidad, objetividad, transparencia y no discriminación, dadas las consecuencias económicas de dichas normas. No pueden dar lugar a una restricción indebida de la competencia entre los proveedores de equipamiento deportivo. Además, según el documento escrito del tribunal, la UCI no logró demostrar cómo la regla de ratio máximo era necesaria y proporcional para lograr el objetivo de mejorar la seguridad de los ciclistas. Todos argumentos en donde el Tribunal de Mercado está de acuerdo con la Autoridad Belga de Competencia.
La UCI manifestó de inmediato su intención de apelar la sentencia, y en los meses siguientes, la UCI y la BCA habían estado defendiendo sus posturas mediante un intercambio de escritos procesales, el proceso legal formal en el que ambas partes presentan sus documentos legales, incluido un documento de apelación inicial de 70 páginas de la UCI.
¿Qué puede cambiar a partir de ahora?
La sentencia de esta semana implica que la UCI deberá reformar su proceso de establecimiento de normas involucrando a más partes. Los futuros intentos de realizar pruebas de equipamiento, o incluso de elaborar normas en su conjunto, podrían requerir la participación de los equipos y del sector en general, como la WFSGI (Federación Mundial de la Industria de Artículos Deportivos), que agrupa a expertos de equipos, marcas y organismos rectores.
Descubre más desde Ciclismo Internacional
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.
